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20 febrero, 2013

"La cultura y la creación, no pueden ser tratadas sólo como una mercancía más"

http://www.danielestulin.com/2013/02/16/luis-cobos-la-cultura-y-la-creacion-no-pueden-ser-tratadas-solo-como-una-mercancia-mas/
Luis Cobos  
(músico, compositor, director de orquesta de España, reconocido nacional e internacional)
Bienvenido sea este Obervatorio.
Nos incorporamos a este lugar de convergencia voluntaria y democrática, con el ánimo de profundizar en temas fundamentales para los derechos, para el individuo y para la colectividad.
“Lo único que no cambia es que todo cambia”. Si de algo podemos estar seguros es del constante y continuo cambio de todas las cosas.
Desde el primitivo Estatuto de la Reina Ana, aprobado por el Parlamento de Inglaterra en 1710 (primera piedra en el universo del reconocimiento del derecho de autor), mucho han cambiado y evolucionado el ámbito, la extensión y la protección de los derechos.
Hoy, la cultura, la música y los contenidos audiovisuales están siendo menospreciados, confundidos con un revoltijo de mercaderías que viajan por las autopistas de la comunicación sin control ni rumbo aparente.
La cultura, como dimensión esencial del ser humano, es un bien fundamental para el desarrollo de los individuos. Su disfrute favorece la igualdad entre éstos y multiplica sus libertades. La cultura es fundamental para la cohesión y convivencia pacífica de una sociedad orientada al respeto, la tolerancia y la libertad. Garantizar, promocionar y desarrollar la cultura es una obligación primordial de cada estado y cada nación, de los Gobiernos y de todos nosotros.
Los que hemos aceptado la responsabilidad de representar a los artistas, en cuanto a sus derechos intelectuales, estamos aquí, entre otras razones, para agitar la conciencia de los poderes públicos y recordarles que la cultura y la creación, no pueden ser tratadas sólo como una mercancía más y que las reglas del mercado deben servir para medir la importancia de la creación como bien cultural, como bien económico, como bien lúdico y como elemento de integración de una colectividad.
El valor social de la cultura es un hecho, ahora puesto en cuestión.
Hemos asistido, en los últimos años, a un proceso de confrontación legal, disputas y contenciosos no deseados pero imprescindibles para asegurar, definir y afianzar los derechos de propiedad intelectual, en un momento histórico muy delicado en el que los usuarios, los gobiernos, los partidos políticos, las instituciones y los consumidores, se preguntan si es lícito, necesario y conveniente pagar a los artistas, a los autores y a los productores, por la utilización de sus derechos.
Esta brecha jurídica, social e ideológica, está abierta y en constante evolución.
Parece imposible explicar con sensatez, cordura y calma, la situación de la música, de los músicos y de las industrias culturales, a su paso por la red de redes, en este comienzo del siglo XXI.
Mucho ha llovido desde que en 1791, en Francia, se aprobara una ley que considera el derecho de autor un derecho de propiedad, reflejando que “…la más sagrada, la más legítima y la más personal de las propiedades, es la obra fruto del pensamiento del autor”.
Ahora, la propiedad intelectual es la más nimia, la más depauperada y la más cuestionada de las propiedades. Confiamos en que este observatorio nos ayudará, sin duda, a reflexionar y tomar notas para afrontar los retos que la propiedad intelectual tiene planteados.
“La protección de los derechos de autor, el mantenimiento de la creación, el reconocimiento del derecho de cada artista, de cada intérprete, de cada productor a que su trabajo sea debidamente remunerado, debe ser un compromiso esencial para cualquier político. Debemos dar prioridad al derecho legítimo de los autores, de los artistas y de los que contribuyen a su expresión, frente a la ilusión y la falacia de la gratuidad”. Esta conocida declaración de principios de un importante mandatario francés, sigue vigente.
Es sumamente importante analizar y valorar la situación de la Propiedad Intelectual, entre los Derechos Humanos y las Nuevas Tecnologías, con el fin de aplicar las reformas y medidas necesarias para adecuarse a los nuevos tiempos y, también, para asentar y defender los derechos de los artistas y demás creadores, entre la tradición, las nuevas tendencias y las vanguardias.
La gestión colectiva es un bien para la sociedad y no atenta contra principios constitucionales como el de libertad de asociación, por cuanto la gestión de las sociedades por estos derechos se extiende a todos los titulares, socios o no de la organización.
La gestión colectiva, hoy, se muestra como una carrera de obstáculos que exige mantener y mostrar los principios que la inspiran: honestidad, transparencia, eficacia y compromiso, basados en la equidad y la Solidaridad.
Existe una campaña internacional de ataque a los derechos para suprimir la gestión colectiva, primero, y después el concepto de propiedad intelectual privada, disfrazándolo de colectivización en las redes sociales, intercambio libre entre creadores, etc.´
Las entidades de gestión son la herramienta que gestiona y defiende los derechos de propiedad intelectual.
Las entidades de gestión son el obstáculo principal de un modelo parasitario de negocios en la red. Sin las entidades defendiendo los derechos de sus socios en Internet, los negocios ilegales se multiplicarían. Las entidades de gestión, son el instrumento que mantiene la solidaridad dentro de un colectivo, el de los artistas y demás creadores y derechohabientes. Las entidades aseguran, gracias a la gestión colectiva, los derechos de las minorías y de los minoritarios. Las entidades de gestión garantizan la efectividad de los derechos en todo el mundo a través de la reciprocidad, que permite hacer llegar a los titulares el justo precio de su trabajo.
Una gestión responsable y sostenible, debe estar auspiciada por la honestidad, transparencia, eficacia y compromiso.
Las entidades de gestión son puentes entre la cultura y la ciudadanía y, como no, el comercio.
La responsabilidad de los poderes públicos es estimular, fortalecer y potenciar estos puentes. La de las entidades, administrarlos y cuidarlos. La gestión colectiva no es el resultado de un favor que los políticos o los legisladores, otorgan a los titulares de derechos.
La gestión colectiva no es el negocio de la recaudación de la remuneración de los derechos que las leyes reconocen, para beneficio de las entidades y sus titulares. La gestión colectiva es un servicio que las entidades prestan a la sociedad y, en especial, a las administraciones públicas de todos nuestros países y así debe ser reconocido por éstas y por la ciudadanía.
El ordenamiento de las leyes internacionales, tratados y acuerdos multilaterales que existen en la actualidad, no han sido un regalo de los gobiernos, ni de los legisladores, ni de la OMPI, no.
Estos instrumentos legales los hemos tenido que arrancar, prácticamente, de las manos de los políticos, a base de estrategia, tesón, alianzas internacionales y trabajo, mucho trabajo.
Espero y deseo que este incipiente observatorio sea un foro para compartir libertades, experiencia, debate y conclusiones que orienten nuestras acciones en el campo legislativo, en el administrativo y en la proyección de futuro de esta importante tarea que tenemos encomendada: la protección y el desarrollo de la propiedad intelectual.

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